Bonificaciones en Salud
Dirigido a Jubilados, Afiliados Activos y Cargas Legales
Se bonificaran las siguientes prestaciones para usted y su carga legal con un tope anual. Toda solicitud debe ser respaldada con Boleta y receta (si lo amerita)
Se debe entregar al Servicio de Bienestar la documentación de respaldo para solicitar bonificaciones en salud, de manera prescencial o a través de los representantes del Comité de Bienestar que pertenecen a cada CESFAM.
Toda prestación exceptuando los medicamentos se podrá efectuar tanto dentro del territorio de la República como en el extranjero. Al momento de reembolsar la prestación, se tomará el valor del tipo de cambio de moneda extranjera informado por el Banco Central de Chile, a la fecha de la emisión de la boleta.
Prestaciones a Bonificar (Hasta $130.000)
Medicamentos e insumos médicos prescritos. | Odontológicos. |
Exámenes (Radiografías, Exámenes de sangre u orina, TAC, Resonancia Nuclear Magnética, Ecotomografía, Otros) | Bonos consulta, o boletas de honorarios de médicos o de otros profesionales de la salud. |
Adquisición de lentes ópticos. | Aparatos ortopédicos, auditivos u otros. |
Hospitalizaciones | Procedimientos de salud y/o quirúrgicos |
Documentación Requerida y/u Observación
Debe presentar solicitud, fotocopia de receta y originales de boletas, facturas (firmada y timbrada), bonos, etc. que respalden el gasto en salud, a nombre del beneficiario o cargas familiares legales (las cuales se verificarán), con un plazo de caducidad de 90 días.
Asimismo, las boletas de honorarios electrónicas deben contar con firma y timbre de profesional que prestó servicios o en su defecto, junto a dicha boleta, debe presentar correo electrónico mediante el cual le envieron la boleta.
Recordar que no puede existir un doble cobro por el total de gasto en salud, de la prestación, de fármacos comprados, etc. Bienestar sólo bonificará aquellos montos que no han sido bonificados con anterioridad por ISAPRE o seguro de salud, esto a fin de evitar enriquecimiento ilícito.