NATALIE CONTRERAS CAVANE (2021-03-26)
Junto con saludar muy cordialmente, mediante el presente informo que entre el 25 y 26 de marzo del año en curso, se realizó el pago del beneficio Marzo Solidario.
Lo anteriormente señalado, se respalda y fundamenta en la Ley Nº 19.754 y en el Reglamento del Servicio de Bienestar de los funcionarios de la Atención Primaria de Salud, Art. 22:
"Los beneficios que podrá otorgar el Comité de Bienestar a sus afiliados", inciso V “Prestaciones Facultativas:
Se contempla la facultad del Servicio de Bienestar poder entregar ciertas prestaciones, conforme a la planificación presupuestaria anual y el beneficio a todos los afiliados. V.I Entrega de los siguientes beneficios a los afiliados al Servicio de Bienestar.
- Marzo Solidario...”
Cabe señalar que el monto del beneficio es de $40.000 para cada afiliado, que presentó más de 6 descuentos en sus liquidaciones de remuneración de sueldo, por concepto de Cuota Individual Mensual, al momento del pago del beneficio.
Sin otro particular, se despide atte.
Natalie Contreras Cavane.